Los límites del Estado Laico

Martín Milkywonka

Las palabras tienen el poder de transformar realidades, tanto para construir como para destruir.

Una sociedad que busca el bienestar de sus miembros debe ser consciente de las repercusiones que tiene la abstracción de una idea cuando, al trascender la metafísica del lenguaje, se arraiga en nuestra realidad.

Aquello que no se nombra, no existe. Por ello, para quienes históricamente fueron despojados de una voz, el primer acto de existencia, de visibilidad y de encuentro, es hablar alto y fuerte.


En el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, se aprobó una reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Esta reforma adiciona el concepto de “Violencia Simbólica”, definida como:

“una manifestación de la discriminación estructural contra las mujeres, que se materializa a través de la creación, transmisión o reproducción, de manera directa o indirecta, de mensajes, valores, símbolos, imposiciones familiares, educativas, ideológicas, sociales, económicas, políticas, culturales, estéticas o religiosas basadas en estereotipos de género”.

Dos semanas después, grupos, asociaciones religiosas y afines al conservadurismo mexicano se manifestaron en contra de la reforma. Consideraron que esta iniciativa, que busca desmantelar la violencia que opera con la complicidad tácita de la sociedad, constituye una violación a la libertad de expresión y de culto, e incluso la calificaron como una forma de persecución y de “policía del pensamiento”.

Si bien es cierto, la “violencia simbólica” es una expresión abstracta que, al aplicarse en la realidad, pudiera resultar ambigua, tampoco goza de una carga penal. Es una norma de carácter administrativo, preventivo y de protección, que no implica cárcel. De hecho, su alcance va más allá de lo religioso, apuntando a medios de comunicación y redes sociales que también la reproducen bajo la apariencia de entretenimiento o información.

Entonces, ¿cuál es el objetivo de esta adición?

Simple: visibilizar una estructura que ha beneficiado a algunos, pero que ha oprimido a muchos otros a lo largo de nuestra historia moderna. Una estructura en la que el Status Quo determinó las reglas del juego, excluyendo a quienes no encajaban en su sistema de valores o cuyo papel asignado delimitaba su potencial y dignidad.

La búsqueda de la dignidad y de una vida libre de violencia nunca será una declaración de guerra a los paradigmas religiosos. Pero sí tenemos que tener presente que, en el Estado Laico que tanto nos costó construir, la prioridad es el bienestar y la integridad de todos sus miembros.

Una expresión de odio no puede gozar de impunidad por el simple hecho de fundamentarse en el dogma religioso. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sido clara: la libertad de expresión y de culto no son derechos absolutos. Encuentran su límite en la transgresión de los derechos de terceros, particularmente cuando se trata de discursos que incitan a la discriminación o la violencia. La libertad de culto no contempla la transgresión a la integridad moral de las personas, ni hacia dentro de la institución religiosa, ni hacia afuera.

El temor a la “policía del pensamiento” que esgrimen los opositores no surge en el vacío, sino de un profundo desconocimiento de los límites legales y de un contexto de polarización política actual.

En este escenario, es fundamental distinguir a los actores. Por un lado, están los líderes de la oposición política y los portavoces conservadores que, con una visión de corto plazo, buscan lucrar con el miedo. Estos actores manipulan la ley para instrumentalizar la fe como un arma electoral, desinformando a la ciudadanía al afirmar que la reforma prohíbe la creencia religiosa.

Por otro lado, está la sociedad civil y los creyentes que, históricamente víctimas de desinformación y manipulación mediática por parte de estos mismos líderes, temen genuinamente que el Estado invada su conciencia. A ellos se les debe claridad: el objetivo de la ley no es censurar a Dios, sino erradicar la violencia que ha sido justificada en Su nombre.

El peligro real, por tanto, no es la ambigüedad de la ley, sino la utilización selectiva de los principios constitucionales. Se invoca la Laicidad para impedir la crítica a la gestión de gobierno, pero se ignora ese mismo principio cuando la fe se usa para socavar los derechos humanos de la mitad de la población.

El Estado Laico de México no está para defender el machismo disfrazado de fe; está para garantizar la protección de los derechos humanos. Y es en esta ponderación donde reside la clave: cuando la creencia choca con la dignidad y la vida de las mujeres, la dignidad debe prevalecer siempre.

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