A3 Nacional Uncategorized

Ordena INE mantener al aire spot que incomoda a oposición

CIUDAD DE MÉXICO. – El Instituto Nacional Electoral resolvió este martes 4 de marzo, en sesión de la Comisión

Ordena INE mantener al aire spot que incomoda a oposición

CIUDAD DE MÉXICO. – El Instituto Nacional Electoral resolvió este martes 4 de marzo, en sesión de la Comisión de Quejas y Denuncias celebrada en la Ciudad de México, que el spot del partido Morena en el que se menciona al expresidente Enrique Peña Nieto y a exgobernadores del PRI, PAN y PRD no será retirado de su pauta de difusión. La determinación respondió a una solicitud presentada por inconformes que acusaron presunta calumnia y uso indebido de imagen en propaganda política.

La controversia surgió a partir del promocional identificado como “Por el Bien”, material audiovisual en el que aparecen figuras vinculadas a los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional y de la Revolución Democrática, acompañado de un mensaje que cuestiona a la audiencia con la frase: “¿Y tú de qué lado estás?”. La queja argumentó que el contenido podía atribuir hechos falsos o insinuar conductas ilícitas sin sustento, lo que, a juicio de los denunciantes, ameritaba una medida cautelar inmediata para frenar su transmisión en radio y televisión.

Tras analizar el contenido, la Comisión determinó que no se acreditó, de manera preliminar, la imputación directa de delitos o hechos falsos concretos en contra de las personas señaladas. El órgano electoral consideró que el mensaje se enmarca en el debate político y en la confrontación de ideas propia de los procesos democráticos, por lo que no encontró elementos suficientes para ordenar su retiro mientras se resuelve el fondo del asunto.

En su resolución, el INE precisó que la negativa a suspender el spot no implica una autorización irrestricta para utilizar la imagen de cualquier persona en propaganda partidista. Recordó que existen criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto al uso de figuras públicas, los cuales obligan a evaluar caso por caso la proyección pública, relevancia e influencia de quienes aparecen en materiales de carácter político.

El caso colocó nuevamente en el centro del debate los límites entre la libertad de expresión y la protección al honor en el ámbito electoral. En contextos de competencia política, las expresiones críticas y los señalamientos forman parte del intercambio de posturas; sin embargo, la legislación prohíbe la calumnia, entendida como la imputación de delitos falsos con impacto electoral.

El promocional de Morena incluye referencias visuales y discursivas hacia personajes ligados a administraciones pasadas, entre ellos el expresidente Enrique Peña Nieto, lo que generó reacciones en distintos sectores partidistas. Para los promoventes de la queja, el mensaje sugiere responsabilidades políticas que, sostienen, no se encuentran acreditadas en resoluciones judiciales firmes.

La decisión del INE ocurre en un momento de alta intensidad política, con discusiones abiertas sobre reformas electorales y con el escenario nacional enfocado en los próximos comicios federales. Especialistas en derecho electoral han advertido que este tipo de controversias tienden a incrementarse conforme se acercan las campañas formales, debido al endurecimiento del discurso y a la estrategia de contraste entre fuerzas políticas.

Con esta resolución, el órgano electoral dejó claro que, en esta etapa preliminar, prevalece el criterio de permitir la circulación del mensaje mientras no se configure una violación evidente a la normativa en materia de propaganda. El análisis de fondo continuará su curso conforme a los procedimientos establecidos por la autoridad administrativa electoral.

Foto: Cortesía

Avatar
Sobre el autor

REDACCIÓN

Dejar una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *